PC – PERMISO DE CONSTRUCCIÓN


Descripción

Los permisos de construcción se expedirán previo cumplimiento de los procedimientos y requisitos establecidos en los artículos referente a los planos. El permiso de construcción autoriza al propietario de un predio y al constructor responsable para realizar obras de construcciones.

Ver Capítulo VIII de Acuerdo 281 del 6 de diciembre de 2016.

Permiso de Construcción por Etapas

Será importante detallar en la solicitud del Permiso de Construcción será detallado si el proyecto será ejecutado en su totalidad o por etapas.

En los casos que se hubiere cancelado el impuesto de construcción sobre la base del avalúo por ETAPAS de una misma obra, al solicitarse el permiso de construcción para la última etapa, se establecerá el valor final de la obra y el impuesto de construcción total a pagar.

Vigencia:

El permiso de construcción tendrá una validez por un periodo de cinco (5) años.

En el caso de que una obra se encuentre en ejecución y transcurra la totalidad de la validez del permiso el constructor podrá solicitar una extensión del permiso de construcción por cinco años más, una sola vez.

Emisión:

El permiso de construcción será expedido en un término no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha de cancelación del impuesto de construcción.

Se requieren diez (10) días hábiles para el cálculo de avalúo (impuesto de construcción), previo a la emisión del permiso de construcción.

Requisitos para el Permiso de Construcción:

Solicitud – tamaño legal (8 1/2″ x 14″) digida al director de la DOYC.

Slip de pago de MITRADEL, si la obra supera el B/1,000,000.00

– Copia de contrato refrendado por la Contraloría (Obras del Estado)

– Copia de Contrato de Arrendamiento (cuando aplique)

– 3 juegos de copias de planos o su equivalente acorde a los medios tecnológicos aprobados por la DOYC

– Copia de planos de construcción previamente aprobados por MIVIOT (Urbanizaciones o Lotificaciones)

– Permiso expedido por el DINASEPI de BCBRP

– Permiso expedido por MINSA (Región Metropolitana)

– Copia de Resolución de la JTIA vigente (para empresas constructoras)

– Certificado de Paz y Salvo de Bienes Inmuebles de la finca (DGI)

– Certificación de Paz y Salvo VIGENTE (Alcaldía de Panamá)

Visto bueno expedido por Secretaría Técnica Legal de la DOYC

DESCARGAR – Requisitos para Permiso de Construcción

DESCARGAR – Requisitos para reválida de Permiso de Construcción