PERMISO DE USO DE ACERA


Descripción

El constructor de una obra podrá solicitar a la DOYC los permisos para el uso de acera durante el periodo de construcción de una obra, el cual se expedirá únicamente para carga y descarga de materiales y no podrá ser utilizada para ningún tipo de edificación o actividad durante el periodo de la construcción, los materiales de construcción deberán permanecer dentro del área donde se ejecuta la obra para no entorpecer el tránsito de los peatones.  Al culminar la jornada diaria, el constructor deberá dejar la acera limpia y libre de todo obstáculo, procurando así que los peatones puedan circular libremente.

El espacio de uso no deberá exceder los 15 metros lineales a lo largo de la servidumbre de una acera frente a la finca objeto de la construcción, siempre y cuando esta distancia no sea mayor al frente del lote.  En los casos que el frente del lote no cuente con el máximo requerido, deberá contar con ausencia del colindante.

Para el uso de acera deberá cumplirse con lo establecido en el Acuerdo Municipal No. 148 de 1 de diciembre de 2006 o el que lo reemplace.

DESCARGAR – Requisitos Permiso para el uso de Acera